Seguridad Industrial, Seguridad Minera, Metrología y Calidad Ambiental en Castilla y León
Seguridad Industrial, Seguridad Minera, Metrología y Calidad Ambiental en Castilla y León

La Seguridad Industrial

La seguridad industrial es un área multidisciplinaria que se encarga de minimizar los riesgos en la industria. Parte del supuesto de que toda actividad industrial tiene peligros inherentes que necesitan de una correcta gestión.

 

Se materializa en un conjunto de normas que desarrollan una serie de prescripciones técnicas a las instalaciones industriales y energéticas que tienen como principal objetivo la seguridad de los usuarios; por lo tanto se rigen por normas de seguridad industrial reglamentos de baja tensión, alta tensión, calefacción, gas, protección contra incendios, aparatos a presión, instalaciones petrolíferas, etc., que se instalen tanto en edificios de uso industrial como de uso no industrial.

Funciones y requisitos de los Organismos de Control

Los organismos de control son personas naturales o jurídicas que, teniendo plena capacidad de obrar, se constituyen con la finalidad de verificar en el ámbito reglamentario las condiciones de seguridad de productos e instalaciones industriales, establecidas en los “Reglamentos de Seguridad Industrial”, mediante actividades de certificación, ensayo, inspección o auditoría.

Marco Legal

- En materia de seguridad industrial, la regulación corresponde en gran medida al Estado (Ley 21/1992 de Industria). Otra legislación a tener en cuenta es la Ley 17/2009 y ley 25/2009, resultado de la trasposición al Derecho español de la Directiva Europea de Servicios (2006/123/CE), y la Ley 2/2011 de Economía Sostenible. La Ley 21/1992 de Industria ha sido modificada también a través de la disposición final tercera de la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología.

 

- Los requisitos para los diferentes agentes que emanan de la Ley de Industria, se establecen el Real Decreto 2200 de 1995, “Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial”, y entre ellos los Organismos de Control. Este Real Decreto ha sido modificado para adaptar a los avances tecnológicos y otras normas de rango superior, como la Directiva Europea de Servicios (R.D. 338/2010, de 19 de marzo). La última modificación es la establecida en el Real Decreto 1072/2015, de 27 de noviembre.

 

Los agentes que operen en el ámbito obligatorio de la Seguridad Industrial en España, no podrán actuar sin haber sido acreditados por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC).

 

- Para diversos productos e instalaciones existen reglamentos estatales que son los que establecen las condiciones técnicas de diseño, instalación, mantenimiento e inspección de los mismos. Son los denominados “Reglamentos de Seguridad Industrial”.

 

- Las Comunidades Autónomas, por su parte, pueden establecer requisitos adicionales respecto a los reglamentos estatales de seguridad industrial. En el caso de Castilla y León, estos requisitos se establecen en la Ley 6/2014 de 12 de septiembre de Seguridad Industrial de Castilla y León, (anula y sustituye a la Ley 3/1990, de 16 de marzo).

Tipos de ítems sometidos a inspección

Cuando lo exija la normativa vigente, los interesados contratarán con organismos de control, la realización de comprobaciones, con la finalidad de verificar el cumplimiento de las condiciones de seguridad. 

 

Los organismos de control, miembros de ASOCACYL , pueden realizar todo tipo de inspecciones de seguridad industrial:

  • Instalaciones
  • Productos

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Presentación Asocacyl
Presentación Asocacyl 31 05 2022.pdf
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